03 de junio, 2025 CDMX, Ciudad de México
Dilación en la administración de justicia, Jueces en Jalisco
En flagrante violación al artículo 310
del Código Nacional de Procedimientos Penales y negando a la Ciudadanía el
derecho humano al acceso a la Justicia dependiente del Poder Judicial de la
Federación, el Centro de Justicia Penal Federal del estado de Jalisco ha
agendado audiencias iniciales relacionadas con delitos fiscales y financieros
con extrema e inusitada dilación, sin justificación legal alguna, llegando
incluso al absurdo de señalar fecha de audiencia inicial 12 meses después de
haber sido solicitada, quedando un daño irreparable al patrimonio Público
Federal, representado por la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), y el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP).
El artículo 310 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, señala que es obligación que dichas audiencias se
lleven a cabo dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la
solicitud del Ministerio Público de la Federación. Asimismo, el artículo 16 del
citado Código, establece el derecho a la justicia pronta dentro del
procedimiento.
Un ejemplo repetitivo es el del Centro
de Justicia Penal Federal del estado de Jalisco, a quien se le ha solicitado
citación al imputado para audiencia inicial en el mes de febrero de 2025 y
señaló fecha para audiencia inicial hasta febrero de 2026.
La omisión de señalar fecha de audiencia
inicial por más de 11 meses y medio después (esto es, 350 días), constituye un
solo caso de la comisión reiterada en 23 ocasiones de un delito contra la
administración de justicia por parte del administrador del Centro de Justicia
Penal Federal en el estado de Jalisco con sede en el Complejo Penitenciario
Puente Grande, ya que con ello ha impedido que se recuperen más de $422
millones de pesos por concepto de impuestos que se han dejado de pagar por
parte de quienes defraudan al fisco federal.
Tanto la Fiscalía General de la
República (FGR), como la PFF y el SAT, habrán de actuar en consecuencia.